Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1884-1885 (Cortes de 1884 a 1886)
Sesión: 31 de diciembre de 1884
Cámara: Congreso de los diputados
Discurso / Réplica: Réplica al Sr. Ministro de Gracia y Justicia
Número y páginas del Diario de Sesiones: 55, 1495
Tema: Publicación por la prensa de Nueva York de la copia del tratado de comercio con Estados Unidos

Señores Diputados, retiramos el aplauso que hemos tributado al Sr. Ministro de Gracia y Justicia porque creíamos que pensaba de otra manera. Por esto se lo tributábamos; pero ahora ya veo, o temo al menos, que no lo merece, porque me ha parecido entender que S.S. en sus convicciones tiene poca fijeza de base. Si está en perfecto acuerdo con el Sr. Ministro de Estado, ¿quiere decirme su señoría a qué viene esa exclamación de "si fuera funcionario que de mí dependiese, hasta le destruiría?" (El Sr. Ministro de Gracia y Justicia: Pido la palabra). ¿Por qué y para qué dice S.S. esto? ¿A qué viene, además, aquello se "si fuera el autor amigo mío, lo lamentaría?" Luego si S.S. cree en el deber de lamentarse y de destruir, será porque entiende que se ha cometido alguna falta contra la moralidad pública.

Por consiguiente, Sr. Ministro de Gracia y Justicia, yo siento mucho tener que retirarle el aplauso, pero se lo retiro en absoluto después de las palabras que ha pronunciado.

Hay, en efecto, la esfera de la moral, distinta, no opuesta, de la esfera del derecho: pues bien, todo lo que está condenado dentro de la esfera de la moral, no debe ser aceptable para nadie, pero sobre toda para el Gobierno, que es quien debe dar ejemplo en todo lo que a la moral pueda referirse. Y fundado en esta consideración, yo pregunto: ese mismo oficio que a S.S. no le parece censurable, ni a mí mal si se ejerce honradamente, ¿cree S.S. que puede estar ejercido de una manera debida, por el que a la vez está investido de un alto cargo que da cerca del Gobierno gran de influencia? Ésta es la cuestión, ni más ni menos. Un agente de noticias puede sorprender una cualquiera a un Ministro, y después quizá venderla, y hace bien, porque ha trabajado más que los otros agentes para adquirirla; pero en cambio, si un ciudadano investido del cargo de Diputado, por ejemplo, con gran influencia cerca del Gobierno, adquiere la misma noticia, ¿cree S.S. que puede aquella ser vendida a ningún precio? ¿No comprende S.S. que no es fruto del trabajo, de la inteligencia ni la actividad, sino el resultado natural de la influencia que tiene cerca del Gobierno, la cual no se puede vender sin realizar un acto inmoral? Ésta es, repito, la cuestión; y para mayor claridad, voy a poner a S.S. un ejemplo. Un particular, por casualidad, o por su trabajo, o por sus excelentes combinaciones, adquiere una noticia que contribuye a hacer subir o bajar los fondos públicos: pues este particular, que debido a los medios indicados ha adquirido esa noticia, se va a la Bolsa y juega? (Un Sr. Diputado: ¿Y si es Diputado?) Si es Diputado, no puede hacerlo si adquiere la noticia por la influencia que tiene cerca del Gobierno, porque lo contrario sería una grandísima inmoralidad.

No se me ha dejado concluir el ejemplo. Pues bien; si ese particular es Diputado, y el Ministro tiene con él una confianza porque necesita su voto u otra razón, y le dice al oído una noticia, y aprovechándose va a la Bolsa y gana mucho dinero a costa de la ruina de muchas familias, su acto constituye una grandísima inmoralidad.

Respecto del otro punto que el Sr. Ministro ha expuesto, diré a S.S. que yo no he limitado el debate en ningún sentido. Lo que he hecho ha sido levantarme y recoger unas palabras del Sr. Ministro de Gracia y Justicia, para explicar nuestra actitud y el sentido de nuestras quejas al ver cierta apatía, cierta indiferencia en el Gobierno hacia actos que deben merecer cuidadosa atención y muchísimo interés por parte de los gobernantes; pero nada más. Yo no limito la acción de mis compañeros los firmantes de la proposición, porque creo que están en su lugar, y por esto precisamente he dicho que no me parece bien que el Sr. Ministro de Gracia y Justicia venga aquí a demostrar que no hay delito ni puede haberlo, porque después de todo lo que ha dicho aquí de la violación de secretos, es lo cierto que el Sr. Ministro se ha reservado una cosa, y es, que el Código penal no sólo castiga la violación de los secretos, sino que castiga también al que facilita documentos que deben reservarse, tales como el tratado, que creo yo no debiera haberse publicado. Pero éste es un extremo que el Sr. Ministro de Gracia y Justicia no ha examinado, y yo no quiero entrar en este debate, al que sólo acudiré si las exigencias del mismísimo en lo sucesivo lo demandan. Y concluyo haciendo constar una vez más, que no he limitado la libertad de acción de los firmantes del voto de censura, sino que sólo he querido aclarar un punto importante del debate, que ya queda bastante esclarecido en mi sentir. [1495]

(Toma la palabra el Sr. Ministro de Gracia y Justicia).



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